Domingo 22 de Diciembre de 2024

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NOTICIAS

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El numero 1 del mundo

🎾 GUSTAVO FERNÁNDEZ LIDERA EL RANKING MUNDIAL.

Argentina tiene por primera vez un número uno del mundo:

El Riotercerense llegó a la cima de la clasificación por primera vez en su carrera, en un hecho histórico para el deporte nacional.

Gustavo Fernández es el nuevo número uno del mundo en el ranking de singles en tenis sobre silla de ruedas. A los 23 años, "El Lobito" llegó a la cima de la clasificación por primera vez en su carrera.

El argentino, que fue el abanderado de la delegación nacional en los Juegos Paralímpicos de Río de Janeiro 2016, le arrebató el liderazgo al británico Gordon Reid y confirmó su gran momento.

En esta temporada, Fernández se consagró campeón del Abierto de Australia y cayó en la final de Roland Garros (certamen en el que se impuso en el 2016). También ganó el Super Series de Francia y se quedó con los torneos de Melbourne, Corea y L'Ille De Ré.

Entre otros logros, el cordobés también cuenta con tres medallas en Juegos Panamericanos y se alzó con el trofeo en Wimbledon 2015 en la categoría de dobles masculino.

Este año se consagró campeón del Abierto de Australia.
"El Lobito", que es hijo del ex jugador de básquet que se destacó en la Liga Nacional, sufrió un infarto medular cuando tenía apenas un año y medio, lo que lo dejó discapacitado de la cintura para abajo. Comenzó a practicar tenis a los seis años y a los 12 comenzó su carrera profesional, cuando se inscribió en la Asociación Argentina de Tenis para ser jugador junior.

A partir del jueves, Fernández estrenará su número uno en el césped de Wimbledon. En el All England de Londres buscará conquistar un nuevo título de Grand Slam para mantenerse en la cima del ranking. www.cadenaurbana.com.ar

GANADORES DEL RALLY CORDOBES


Miguel Patat/Pablo Márquez (Mitsubishi), fueron los vencedores del rally24 Horas Centro Cordobés que se finalizó esta tarde con sede en la ciudad de Río Tercero. El representante de Jesús María, en su retorno a la actividad en el orden provincial, completó una competencia sin errores y aprovechó el abandono del entonces líder Pablo Dávila/Zacarías García (Mitsubishi), quienes sufrieron un aparatoso vuelco en la sección nocturna.
El segundo escalón del podio virtual de la clasificación general quedó para Rubén Montoro/Danilo Verderone (VW Gol), que más allá de lograr meter un auto de tracción simple entre los mejores, sellaron por anticipado el título dentro de la Clase A1.
Otro auto del arrastre simple completó la trilogía perteneciente a Nicolás De La Vega/Juan De La Vega (VW Gol), quienes además se fueron a La Rioja con más de la mitad de la corona asegurada la que podrán terminan de consolidar con solo largar la prueba cierre del torneo.
Todas las clases
Detrás de Patat/Márquez, ganadores el Grupo N4 se escalonaron Héctor Pfening/Juan Del Riego (Subaru) y Eduardo Bosio/Rolando Fontana (Mitsubishi). Este resultado le permite a Bosio acercarse a la obtención del título ya que con solo largar la última competencia de la temporada habrá obtenido el preciado galardón.
La Maxi Rally quedó en poder de Ariel Nicolás/Matías Giandón (VW Gol MR). Con el resultado registrado en Río Tercero cambió el liderazgo del certamen con un empate técnico entre el mismo Nicolás y Rafael Hervas/Valeria Mariani (VW Gol MR), que hoy, como reenganchados, lograron sumar los puntos del 2do. en la etapa de cierre.
En la Clase A1 el abandono de Leonardo Gariglio/Marío Del Riego (VW Gol), le permitió a Montoro/Verderone ganar la competencia y asegurarse la corona a una fecha del final.
Oscar Briz/Agustín Ceruti (VW Gol) y Pablo Capellades/Matías Cardano (VW Gol), completaron el podio con mucho suspenso por los problemas que evidenciaron en la parte final de la carrera.
De La Vega/De La Vega ganaron de manera contundente la dura competencia con epicentro en Río Tercero pero además, están a solo sumar los puntos del presentismo en el Gran Premio para ceñirse la corona en su primera temporada compitiendo en Córdoba.
Detrás de los riojanos arribaron Sergio Sartori/Joaquín Pratto (VW Gol) y Carlos Borgonovo/Héctor Benedetto (Ford Ka).
El Grupo N2 lo mostró a Diego Grión/David Cardoso (Ford Ka), en toda su dimensión. Ganaron la competencia, aprovecharon la deserción del líder en el campeonato, Alexis Sangoy/Juan Grión y emparejaron las posiciones en el torneo para que ambos lo definan con la posibilidad de no depender de nadie para lograrlo.
Completaron el podio Agustín Barrandeguy/Franco Spataro (Ford Ka) y Jorge Céspedes/Gregorio Céspedes (Ford Ka), con el 2do. y 3er. puesto, respectivamente.
En el Grupo N7 la novedad se produjo una vez terminada la exigencia. Ganó Alejandro Tejedor/Claudio Moreno (VW Gol), sin discusiones, pero la sorpresa sobrevino en la verificación técnica cuando excluyeron por anomalías en la base del carburador a Jorge Gonella/Silvia Pérez (VW senda), quienes habían finalizado en el 3er. lugar para pasar de festejar la posibilidad de título con solo presentarse en la fecha cierre, a la perdida de la punta de la tabla y de todos los puntos en juego en esta carrera.
Entre los UTV el triunfo de Ramiro Giraudo (Can-Am), le permite obtener el primer título para esta división con turbo en el ámbito provincial, mientras que Germán Galfrascoli (Polaris), se aseguró el triunfo entre los aspirados, clase que le permitirá a Alexis Genovese (Poairis), 2do. en Río Tercero, alcanzar el título con solo presentarse en el cierre del torneo. Gastón Genovese (Polaris), completó el podio.
2da. Etapa
La etapa final tuvo estos ganadores en cada una de las clases:
Maxi Rally: Pablo Maranzana/Leonardo Suaya (Renault Clio MR); Grupo N4: Miguel Patat/Pablo Márquez (Mitsubishi); A1: Ricardo Daparte/Marcelo Brizio (VW Polo); N1: Nicolás De La Vega/Juan De La Vega (VW Gol); N2: Alexis Sangoy/Juan Grión (VW Gol); N7: Alejandro tejedor/Claudio Moreno (VW Gol); UTV CT: Ramiro Giraudo (Can-Am) y UTV ST: Juan Damilano (Polaris).
Foto: podio N4.
Clasificación general
1) Miguel Patat/Márquez (Mitsubishi) 1h 29m 50s 9/10
2) Rubén Montoro/Verderone (VW Gol) a 6m 6s 3/10
3) Nicolás De La Vega/De La Vega (VW Gol) a 8m 35s 4/10
4) Diego Grión/Cardoso (Ford Ka) a 8m 36s 5/10
5) Agustín Barrandeguy/Spataro (Ford Ka) a 9m 2s 8/10
6) Jorge Céspedes/Céspedes (Ford Ka) a 11m 10s 0/10
Grupo N4
1) Miguel Patat/Márquez (Mitsubishi) 1h 29m 50s 9/10
2) Héctor Pfening/Del Riego (Subaru) a 12m 25s 7/10
3) Eduardo Bosio/Fontana (Mitsubsihi) a 15m 36s 4/10
Maxi Rally
1) Ariel Nicolás/Giandón (VW Gol MR) 1h 44m 17s 7/10
Clase A1
1) Rubén Montoro/Verderone (VW Gol) 1h 35m 57s 2/10
2) Oscar Briz/Ceruti (VW Gol) a 5m 20s 7/10
3) Pablo Capellades/Cardano (VW Gol) a 7m 33s 1/10
Grupo N1
1) Nicolás De La Vega/De La Vega (VW Gol) 1h 38m 26s 3/10
2) Sergio Sartori/Pratto (VW Gol) a 4m 26s 0/10
3) Carlos Borgonovo/Benedetto (Ford Ka) a 8m 14s 2/10
Grupo N2
1) Diego Grión/Cardoso (Ford Ka) 1h 38m 27s 4/10
2) Agustín Barrandeguy/Spataro (Ford Ka) a 26s 3/10
3 Jorge Céspedes/Céspedes (Ford Ka) a 2m 33s 5/10
Grupo N7
1) Alejandro Tejedor/Claudio Moreno (VW Gol) 1h 45 7s 1/10
2) Gabriel Avedano/Matías Alaejos (VW Senda) a 2m 52s 6/10
3 Paulo García/Benjamín Riba (VW Gol) a 7m 25s 0/10
UTV ST
1) Germán Galfrascoli (Polaris) 1h 35 47s 3/10
2) Alexis Genovese (Polaris) a 5m 14s 8/10
3) Gastón Genovese (Polaris) a 28m 22s 9/10
UTV CT
1) Ramiro Giraudo (Can-Am) 1h 32m 6s 4/10

FUENTE. rallycordobes.com.ar

Miguel Patat/Pablo Márquez (Mitsubishi), fueron los vencedores del rally24 Horas Centro Cordobés que se finalizó esta tarde con sede en la ciudad de Río Tercero. El representante de Jesús María, en su retorno a la actividad en el orden provincial, completó una competencia sin errores y aprovechó el abandono del entonces líder Pablo Dávila/Zacarías García (Mitsubishi), quienes sufrieron un aparatoso vuelco en la sección nocturna.
El segundo escalón del podio virtual de la clasificación general quedó para Rubén Montoro/Danilo Verderone (VW Gol), que más allá de lograr meter un auto de tracción simple entre los mejores, sellaron por anticipado el título dentro de la Clase A1.
Otro auto del arrastre simple completó la trilogía perteneciente a Nicolás De La Vega/Juan De La Vega (VW Gol), quienes además se fueron a La Rioja con más de la mitad de la corona asegurada la que podrán terminan de consolidar con solo largar la prueba cierre del torneo.
Todas las clases
Detrás de Patat/Márquez, ganadores el Grupo N4 se escalonaron Héctor Pfening/Juan Del Riego (Subaru) y Eduardo Bosio/Rolando Fontana (Mitsubishi). Este resultado le permite a Bosio acercarse a la obtención del título ya que con solo largar la última competencia de la temporada habrá obtenido el preciado galardón.
La Maxi Rally quedó en poder de Ariel Nicolás/Matías Giandón (VW Gol MR). Con el resultado registrado en Río Tercero cambió el liderazgo del certamen con un empate técnico entre el mismo Nicolás y Rafael Hervas/Valeria Mariani (VW Gol MR), que hoy, como reenganchados, lograron sumar los puntos del 2do. en la etapa de cierre.
En la Clase A1 el abandono de Leonardo Gariglio/Marío Del Riego (VW Gol), le permitió a Montoro/Verderone ganar la competencia y asegurarse la corona a una fecha del final.
Oscar Briz/Agustín Ceruti (VW Gol) y Pablo Capellades/Matías Cardano (VW Gol), completaron el podio con mucho suspenso por los problemas que evidenciaron en la parte final de la carrera.
De La Vega/De La Vega ganaron de manera contundente la dura competencia con epicentro en Río Tercero pero además, están a solo sumar los puntos del presentismo en el Gran Premio para ceñirse la corona en su primera temporada compitiendo en Córdoba.
Detrás de los riojanos arribaron Sergio Sartori/Joaquín Pratto (VW Gol) y Carlos Borgonovo/Héctor Benedetto (Ford Ka).
El Grupo N2 lo mostró a Diego Grión/David Cardoso (Ford Ka), en toda su dimensión. Ganaron la competencia, aprovecharon la deserción del líder en el campeonato, Alexis Sangoy/Juan Grión y emparejaron las posiciones en el torneo para que ambos lo definan con la posibilidad de no depender de nadie para lograrlo.
Completaron el podio Agustín Barrandeguy/Franco Spataro (Ford Ka) y Jorge Céspedes/Gregorio Céspedes (Ford Ka), con el 2do. y 3er. puesto, respectivamente.
En el Grupo N7 la novedad se produjo una vez terminada la exigencia. Ganó Alejandro Tejedor/Claudio Moreno (VW Gol), sin discusiones, pero la sorpresa sobrevino en la verificación técnica cuando excluyeron por anomalías en la base del carburador a Jorge Gonella/Silvia Pérez (VW senda), quienes habían finalizado en el 3er. lugar para pasar de festejar la posibilidad de título con solo presentarse en la fecha cierre, a la perdida de la punta de la tabla y de todos los puntos en juego en esta carrera.
Entre los UTV el triunfo de Ramiro Giraudo (Can-Am), le permite obtener el primer título para esta división con turbo en el ámbito provincial, mientras que Germán Galfrascoli (Polaris), se aseguró el triunfo entre los aspirados, clase que le permitirá a Alexis Genovese (Poairis), 2do. en Río Tercero, alcanzar el título con solo presentarse en el cierre del torneo. Gastón Genovese (Polaris), completó el podio.
2da. Etapa
La etapa final tuvo estos ganadores en cada una de las clases:
Maxi Rally: Pablo Maranzana/Leonardo Suaya (Renault Clio MR); Grupo N4: Miguel Patat/Pablo Márquez (Mitsubishi); A1: Ricardo Daparte/Marcelo Brizio (VW Polo); N1: Nicolás De La Vega/Juan De La Vega (VW Gol); N2: Alexis Sangoy/Juan Grión (VW Gol); N7: Alejandro tejedor/Claudio Moreno (VW Gol); UTV CT: Ramiro Giraudo (Can-Am) y UTV ST: Juan Damilano (Polaris).
Foto: podio N4.
Clasificación general
1) Miguel Patat/Márquez (Mitsubishi) 1h 29m 50s 9/10
2) Rubén Montoro/Verderone (VW Gol) a 6m 6s 3/10
3) Nicolás De La Vega/De La Vega (VW Gol) a 8m 35s 4/10
4) Diego Grión/Cardoso (Ford Ka) a 8m 36s 5/10
5) Agustín Barrandeguy/Spataro (Ford Ka) a 9m 2s 8/10
6) Jorge Céspedes/Céspedes (Ford Ka) a 11m 10s 0/10
Grupo N4
1) Miguel Patat/Márquez (Mitsubishi) 1h 29m 50s 9/10
2) Héctor Pfening/Del Riego (Subaru) a 12m 25s 7/10
3) Eduardo Bosio/Fontana (Mitsubsihi) a 15m 36s 4/10
Maxi Rally
1) Ariel Nicolás/Giandón (VW Gol MR) 1h 44m 17s 7/10
Clase A1
1) Rubén Montoro/Verderone (VW Gol) 1h 35m 57s 2/10
2) Oscar Briz/Ceruti (VW Gol) a 5m 20s 7/10
3) Pablo Capellades/Cardano (VW Gol) a 7m 33s 1/10
Grupo N1
1) Nicolás De La Vega/De La Vega (VW Gol) 1h 38m 26s 3/10
2) Sergio Sartori/Pratto (VW Gol) a 4m 26s 0/10
3) Carlos Borgonovo/Benedetto (Ford Ka) a 8m 14s 2/10
Grupo N2
1) Diego Grión/Cardoso (Ford Ka) 1h 38m 27s 4/10
2) Agustín Barrandeguy/Spataro (Ford Ka) a 26s 3/10
3 Jorge Céspedes/Céspedes (Ford Ka) a 2m 33s 5/10
Grupo N7
1) Alejandro Tejedor/Claudio Moreno (VW Gol) 1h 45 7s 1/10
2) Gabriel Avedano/Matías Alaejos (VW Senda) a 2m 52s 6/10
3 Paulo García/Benjamín Riba (VW Gol) a 7m 25s 0/10
UTV ST
1) Germán Galfrascoli (Polaris) 1h 35 47s 3/10
2) Alexis Genovese (Polaris) a 5m 14s 8/10
3) Gastón Genovese (Polaris) a 28m 22s 9/10
UTV CT
1) Ramiro Giraudo (Can-Am) 1h 32m 6s 4/10

FUENTE. rallycordobes.com.ar

MACRI ELABORÓ UN DECRETO PARA NO INDEMNIZAR A LOS DAMNIFICADOS POR LAS EXPLOSIONES DE FÁBRICA MILITAR

Intimado por la Justicia para reglamentar la ley 27179 de reparación para las víctimas de las explosiones de la Fábrica Militar de la ciudad de Río Tercero, el presidente Mauricio Macri envió el pasado 15 de febrero a la Justicia Federal de Río Cuarto el proyecto mediante el cual el Estado nacional, intencionalmente, no le pagará a ninguna de las 10.119 personas que litigan por daños (moral y psicológico) y perjuicios contra el Estado nacional desde 1997. Otra bomba del Estado para la ciudad de Río Tercero.

La trampa jurídica mortal se elaboró para esquivar el espíritu y todos los preceptos enumerados en la ley sancionada en el año 2015. ¿Cómo? Como una de las historias que marcan las condiciones de indefensión en la que nos encontramos como ciudadanos frente a un Estado victimario, en uno de los hechos más traumáticos de la corrupción estatal que haya vivido nuestra provincia, luego de que el Estado nacional decidiera hacer volar la Fábrica Militar de Río Tercero para ocultar la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador.
Tras ser intimado judicialmente por el Juzgado Federal de Río Cuarto a cargo de Carlos Ochoa, para que el Gobierno haga lo que tiene que hacer, reglamentar la ley, el Estado nacional presentó el decreto reglamentario en el que niega el pago a todos los damnificados creando un nuevo concepto legal acerca del significado judicial de “causa vigente”.

El artículo mencionado de esta reglamentación determina que se entenderá por causa vigente, en los términos previstos en esta norma, a “todos aquellos procesos judiciales en los que los actores hubieren instado el curso de la instancia dentro de los 6 meses inmediatos anteriores al 5 de octubre de 2015”, fecha en la que el Congreso de la Nación sancionó la ley de reparación.

2007, año de un acuerdo entre víctimas y Estado
Parecería que se trata de un mero enunciado judicial formal si no fuera porque en el año 2007 las víctimas representadas por el Dr. Mario Ponce firmaron un acuerdo con el Gobierno nacional para suspender todos los juicios como compromiso para que el Estado pudiera resolver la situación a través de la sanción de una ley reparatoria e indemnizatoria que de por finalizado el pleito judicial.

El 22 de agosto de aquel año, se celebró una audiencia de conciliación donde el Estado nacional se comprometió a enviar una ley indemnizatoria al Congreso a cambio de la suspensión de los juicios. El proyecto de ley ingresó a la Cámara baja en el año 2009 y recién le dio media sanción en 2014. En octubre de 2015, la Cámara alta lo convirtió en ley determinando un plazo de sesenta días para ser reglamentada por el Poder Ejecutivo. Desde 2007 hasta la sanción de la norma en 2015, las víctimas cumplieron con el compromiso asumido e inmovilizaron las causas a la espera de los tiempos del Congreso Nacional. Además de esto, y una vez sancionada, se estableció como requisito sine qua non para cobrar las indemnizaciones que los damnificados se adhirieran a la ley y obtuvieran un certificado emitido por el tribunal correspondiente para acreditar el cumplimiento de todas las exigencias, cuestión que ya habían formalizado más de ocho mil víctimas.

Una maniobra que los damnificados no esperaban
Es decir que ocho años antes, el gobierno y demandantes se comprometieron a desistir de los juicios para que ahora el presidente Macri decrete que solo les pagará a los damnificados que tengan sus causas vigentes a partir de los seis meses anteriores de la sanción de la ley. Insólito.

Durante el gobierno de Cristina Fernández se sancionó la ley pero no se reglamentó ya que a menos de dos meses de su sanción debió entregarle el poder a su sucesor Mauricio Macri. Ante la continua mora en la implementación de la norma, los ciudadanos de Río Tercero presentaron una acción de amparo que fue acogida favorablemente por el tribunal en primera y segunda instancia, y el juez le ordenó al Poder Ejecutivo que reglamentara la ley en 60 días.

Ante el caso omiso del Estado nacional y vencidos los plazos, la Justicia le otorgó cinco días más. Al cumplirse el tiempo de la orden judicial, el pasado 15 de febrero el Estado presentó, como prueba de cumplimiento ante los tribunales federales, el proyecto de reglamentación que se encontraría en el Ministerio de Justicia esperando por la firma del Presidente. En lugar de comenzar a cumplir con la ley, el Estado nacional se presentó para “acreditar diligencias”.

El abogado de las víctimas instó al juez para que aplicara las sanciones al Estado nacional por la demora en la implementación efectiva de la ley que el propio magistrado había previsto cuando lo intimó a reglamentarla. El juez no hizo lugar al pedido de la aplicación de penas que él mismo había previsto.
Y lo más grave es que con el artículo 2 de este decreto se altera el texto de la ley tornándola abstracta, porque pretende redefinir el significado de “causa judicial vigente” de un modo contrario a la normativa procesal (prevista en la ley) excluyendo a la totalidad de damnificados para cuyo único beneficio se elaboró y se sancionó con la condición previa de suspender las acciones judiciales.

Para pasarlo en limpio, a lo largo de ocho años, los ciudadanos, víctimas de uno de los casos de corrupción más bárbaros en nuestra historia, creyeron que podrían confiar en el Estado y siguieron paso a paso, puntillosamente, los acuerdos alcanzados para que finalmente y ante la sorpresa de todos ellos, el Estado termine por estafarlos.

El largo peregrinar del expediente que pide justicia
En un largo peregrinar, que ya lleva 22 años de irritante mora desde noviembre de 1995, cuando explotó la Fábrica Militar de Río Tercero, el Poder Judicial federal se ha encargado sistemáticamente de arrebatarle a los ciudadanos la posibilidad de acceder al servicio de justicia. Un breve repaso por la historia del expediente resulta tan sorprendente como despreciable.

En el año 1997, el Dr. Ponce presenta 14 acciones civiles dentro de una demanda penal en contra del Estado nacional por el daño moral y psicológico de unas 10 mil personas. La Justicia Federal le ordena a Ponce que las 14 acciones civiles debían recalar en el fuero civil de la ciudad de Río Cuarto.

Una vez allí, en 2005, el Tribunal Federal de Río Cuarto establece que para poder abocarse a la cuestión debe conformar expedientes individuales que agrupen a las personas con parentesco e individualice las que no lo tenían. Una medida para impedir claramente el avance de la causa. Después de perder todas las instancias de apelaciones, incluida la Corte Suprema de Justicia, el expediente vuelve a los tribunales federales de Río Cuarto. Producto de esta decisión se inicia en agosto de 2005 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, una denuncia contra el Estado argentino por la violación de los Derechos Humanos por la clara negación de acceso a la justicia a ciudadanos argentinos.

No obstante esto y una vez presentada esta acción internacional, en 2006, Ponce cumplimenta el requisito exigido y presenta 5000 expedientes que identifican a los damnificados por lazos familiares o en forma individual.

Notificado el Estado argentino por parte de la CIDH, el gobierno de Néstor Kirchner avanza en un principio de solución a través de la propuesta de sancionar una ley para indemnizar a las víctimas de semejante tropelía estatal y comienza el derrotero que culminó con la sanción de la ley en el año 2015 y su futura reglamentación en manos del Gobierno de Macri.

El antecedente por ataques a la Embajada de Israel y la Amia
La idea estaba basada en la misma resolución que se adoptó para los damnificados por el atentado ocurrido en la Embajada del Estado de Israel en Argentina (marzo de 1992), a través de un proceso similar que terminó con la sanción de la ley 26.69, promulgada el 27 de julio de 2011, donde se fijaron resarcimientos económicos y en el reconocimiento de un beneficio extraordinario a las víctimas por el atentado perpetrado en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (Amia), en julio de 1994, fijados en la ley 27139 y promulgada el 18 de mayo de 2015.

El 23 de febrero de 2016, la Dirección de Fabricaciones Militares resolvió que autorizaba a los letrados apoderados y patrocinantes representantes del Estado nacional (Dirección General de Fabricaciones Militares) a no instar los procesos iniciados con motivos de las explosiones en Río Tercero que estuvieran alcanzados por la ley 27.179 hasta el vencimiento del plazo que fije su reglamentación.

“Un decreto inconstitucional”
Cuando en febrero pasado, el Estado presentó esta maniobra judicial, el Dr. Ponce llevó ante el juez federal un escrito en el que explica que todas las causas están vigentes de acuerdo a la ley procesal, sólo la perención de instancia o la caducidad declarada por el tribunal hacen caducar las demandas y “nunca” podría hacerlo un “malicioso decreto reglamentario”.

Además señala que el texto del Gobierno contiene una ilegalidad manifiesta, va en contra de la Constitución Nacional porque altera el espíritu de la ley, del Código Procesal Civil y de la propia actuación del tribunal en la causa después de que éste emitió los certificados previstos en la ley para habilitar el cobro de las indemnizaciones y, además, exhorta al juez a que haga cumplir la sentencia que obliga al Gobierno a reglamentar y cumplir con el texto de la ley.

El escrito culmina con la misma pregunta que nos hacemos casi siempre los ciudadanos argentinos frente a este tipo de vulneraciones pensadas, diagramadas y perpetradas por el Estado nacional ¿Qué pueden hacer los damnificados en contra de un demandado que no cumple con su obligación y que desobedece la sentencia que lo obliga a cumplir?

El mismo que quiso perdonarle la deuda al Grupo Macri
La presentación del Gobierno estuvo a cargo del Dr. Juan Mocoroa, el mismo que cuando estuvo a cargo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Comunicaciones de Oscar Aguad, presentó la condonación de la deuda multimillonaria que el grupo Macri tenía con el Estado por concesión del Correo Argentino. Ahora, con Aguad en el Ministerio de Defensa de donde dependen estas causas, Mocoroa sigue ejecutando las mismas trampas legales.

Los cordobeses llevamos en nuestro inconsciente colectivo aquel día de las explosiones en el que tembló toda la provincia. Ahora, el Estado nos obliga a que a ese sentimiento le sumemos todos los otros provocados por un Estado que urde cómo evadir sus responsabilidades en pos de reparar daños gravísimos. Más de 10.000 riotercerenses esperaban un acto de justicia, donde hoy Mauricio Macri da un nuevo golpe la esperanza de encontrar un gobierno que nos garantice seguridad y protección, al menos solo en este caso, donde el propio Estado organizó una explosión para tapar la corrupción. Vaya paradoja.

“Es otra bomba para Río Tercero”

Así calificó al decreto reglamentario el abogado que lleva el juicio por daños y perjuicios desde el año 1997 de más de 10 mil personas, de las cuales unas 3.000 ya fallecieron.

El Dr. Mario Ponce es el abogado que desde 1997 lleva la representación de las víctimas por las explosiones del 3 y el 24 de noviembre de 1995. Debió pasar por una innumerable cantidad de trabas judiciales que intentaron entorpecer el desarrollo de un proceso judicial que desnuda en cada letra del expediente una de las vergüenzas nacionales al demostrarse a cada punto y coma que el propio Estado fue quien ideó una maniobra de estas características para encubrir la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador.

Con el decreto reglamentario que elimina la posibilidad de resarcimiento para las víctimas a punto de ser firmado por el presidente Mauricio Macri, La Nueva Mañana entrevistó al letrado que ha sabido superar una serie de obstáculos que ponen en evidencia La constitución de un Estado abandónico.

-¿Cómo tomó el decreto reglamentario de Macri con el que deja afuera del pago de las indemnizaciones a todas las víctimas de las explosiones de la Fábrica Militar de Río Tercero?
El Estado nacional apeló la sentencia que lo obligaba a reglamentar la ley a fines del año 2016. El juez de Río Cuarto dictó una resolución diciendo que le daba cinco días bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias y de girar los antecedentes de los funcionarios involucrados al Ministerio Fiscal para evaluar las responsabilidades penales. El Estado presentó las actuaciones que se estaban realizando para reglamentar la ley 27179 donde está el dictamen de las distintas áreas de Defensa y organismos del Estado nacional y presenta un decreto reglamentario que es inaceptable porque está eliminando de la posibilidad de indemnización a todos los damnificados que la ley previó indemnizar.

-¿No cobraría nadie?
Como está redactado no, porque la ley dice que van a cobrar todos aquellos que hayan iniciado acción judicial contra el Estado nacional y que esa acción judicial se encuentre vigente. Todos los damnificados ya se han presentado adhiriendo a la ley y desistiendo de los juicios como lo indica la ley. Entonces el tribunal, como el juicio está vigente porque no hay ninguna perención de instancia ni caducidad de los procesos, ha aceptado esa adhesión a la ley y el desistimiento por parte del actor. Este proyecto dice que considera juicio vigente a todos aquellos procesos donde se haya instado el trámite en los 6 meses anteriores del 5 de octubre de 2015, que es cuando se sancionó la ley. Eso en criollo significa dejar afuera a todos los damnificados porque desde el año 2007 que se hizo la audiencia de conciliación con el Estado nacional, acordamos expresa y tácitamente una suspensión de trámites en los procesos, por eso no han tenido actividad durante los años siguientes mientras se trataba el proyecto en la Cámara de Diputados. Este proyecto de reglamentación de Macri esconde una intención muy aviesa que es la de no pagarle a nadie porque sabe bien el Estado nacional que esos procesos no han sido instados en función de este acuerdo que se llevó adelante desde 2007.

-¿Usted considera que es un error o hay una intención del Estado para no pagarle a nadie?
Yo quiero pensar que no ha sido advertido pero es difícil pensar eso cuando se está creando una categoría nueva de juicio vigente. El código de procedimiento civil que regula estas demandas tiene claramente expresado cuando una demanda o una acción judicial está o no vigente. Una causa que no exista más se la denomina como perención de instancia y lo tiene que plantear alguna de las partes o ser decretada por el tribunal, nada de eso ha ocurrido acá. Por eso esta creación de esta categoría de ningún modo podría ser interpretada como algo accidental y si es así es muy grave porque está eliminando a todos los damnificados que la ley intenta proteger o beneficiar.

Es obvia la respuesta pero le pregunto, ¿a lo largo de estos años se ha encontrado con un estado que lo ha acompañado en el reclamo, que quiere solucionar el problema o que le pone cada vez más trabas?
Es un estado que permanentemente se ha negado a asumir su responsabilidad, un estado que lejos de ser un guardián de la ciudadanía, es un enemigo de los damnificados, un estado que permanentemente ha procurado excluir a los damnificados de este proceso y con ello eliminar la posibilidad de indemnizar un daño justo, un daño que de ninguna manera deberían haber sufrido y por un hecho absolutamente aberrante, un estado que es contradictorio con sus propios actos, porque de pronto esta ley, de la que hablamos, fue aprobada por el voto de todos los diputados y senadores del Congreso de la Nación, con un consenso total y en su momento dijeron discursos hermosos de cómo se comprendía el dolor de los damnificados pero a la hora de llevar a la práctica ese discurso tenemos que interponer un recurso de amparo para que reglamente una ley que es obligación del poder ejecutivo hacerlo, lo pudo hacer la anterior administración porque tuvo tiempo como lo tiene que hacer la actual administración y se presenta un amparo para que hagan lo que tienen que hacer y lo apelan y llegan hasta la Cámara Federal con lo que demoraron más de un año en reglamentar la ley.

-¿Pero existe una sentencia que obliga al estado a reglamentarla?
Hoy tienen una sentencia firme que los obliga a reglamentar y comparecen para acreditar diligencias de cumplimiento, el juez de ningún modo puede aceptar eso porque si el tribunal no hace cumplir la sentencia quien la va a hacer cumplir, no puede decir que a la brevedad se va a publicar en el Boletín Oficial el decreto reglamentario, eso no es cumplir, el juez no debe permitir esta maniobra dilatoria en la que este decreto reglamentario esconce una trampa mortal, que es no pagarle a nadie, es un decreto anticonstitucional antes de nacer porque va a en contra del espíritu y de la letra de la ley. El estado de esta forma se está burlando del juez, de los damnificados, de todos nosotros. Es una vergüenza que diez años después de la audiencia de 2007 donde el estado reconoció su responsabilidad, todavía estemos discutiendo o peleando la reglamentación de la ley. Lo único que ha hecho el estado argentino con los damnificados de Rio Tercero ha sido agredirlos, primero con la explosión del 3 y del 24 de noviembre del 1995; los agredió cuando en su momento el presidente (Carlos) Menem echó a más de 400 operarios de la fábrica al año siguiente de las explosiones; los agredió durante el transcurso de este proceso cuando por ejemplo fuimos excluidos del proceso penal y tuvimos que recalar en sede civil y conformar cinco mil expedientes una demanda que es un ejemplo académico de lo que es una demanda colectiva porque son todas las personas afectadas por un mismo hecho, la misma situación y el mismo reclamo, transformaron catorce acciones civiles en cinco mil expedientes con la clara idea de que esto no pudiera llevarse a cabo y desde entonces hemos trabajado para ser atendidos.

-¿Qué significa para Río Tercero esta reglamentación?
Es otra bomba para Rio Tercero, esto implica que más de diez mil personas, que ya no lo son de manera directa porque han muerte más de tres mil en estos veintidós años. Si esta reglamentación sale de este modo, significará eliminar la posibilidad legalmente contemplada de ser indemnizada por un daño injusto. La demanda es por daños morales y psicológicos y fijese que el estado jamás le brindó este tipo de atención a las víctimas. Quien se las pudo pagar se lo trató, el resto quedaron con ese trauma vigente desde siempre.
¿Entre los demandantes existen muchas personas de bajos recursos?
La enorme mayoría que además en muchos casos todavía no le han pagado los daños materiales de sus viviendas que todavía están con las paredes partidas por las bombas. Esta actitud de ignorar el dolor de las personas es inadmisible.

-¿Si pudiera hablar personalmente con Mauricio Macri, que le diría?
Que se tiene que hacer cargo de su pueblo, no tiene que ignorarlo, tiene que repara este daño, tiene que cumplir con la obligación que no se ha cumplido desde hace veintidós años y le diría que estas personas están reclamando un daño cierto, que sufrieron, que está reconocido y que no hay ninguna excusa para evadir pagarle a estas personas.

-¿De cuánto dinero estamos hablando para el pago de las indemnizaciones?
Aproximadamente unos mil quinientos millones de pesos en total, y si uno se pone a ver las cuentas del estado nacional va a ver que hay gastos superfluos que superan esta cifra, pero más alla de esto, cuando se trata de personas que han sufrido un daño injusto a manos del estado esos planteos ni siquiera corresponde hacerlos, tiene que indemnizar y reparar en lo posible el daño.

-¿Usted por qué cree que lleva más de dos décadas con esta causa?
Rio Tercero es una ciudad que esta en el interior del interior de nuestro país y como no tiene el suficiente peso ni importancia como puede ser la capital cordobesa, se la ignora, no se la toma en cuenta. Si esta causa hubiera ocurrido en Capital Federal, ya esto se hubiera resuelto.

FUENTE: La Nueva Mañana.

ALONSO, DÁVILA, NICOLÁS, SANGOY, DE LA VEGA, PASTEN, CÉSPEDES, TORRAS, MUTTI Y PEREYRA, LOS GANADORES PARA LA PRIMERA FECHA EN VILLA GIARDINO Y HUERTA GRANDE.

(Villa Giardino, 11 de marzo de 2018). Juan Carlos Alonso/Pablo Monasterolo (Mitsubishi), se quedaron con la clasificación general de la primera fecha del campeonato de Rally Cordobés, “50 Años FRAD Córdoba”, que finalizó esta tarde con epicentro en Villa Giardino y Huerta Grande, aunque al correr como binomio invitado no sumó puntos por el certamen en consecuencia Pablo Dávila/Rubén Bollati (Mitsubishi), fueron quienes obtuvieron la totalidad de los puntos en juego en la división RC2N, categoría que tenía reservado varios golpes de escena sobre el final como la rotura de una rueda por parte de Antonio Carrera/Juan Pablo Carrera (Mitsubishi), cuando parecía que se encaminaban a una victoria inexorable sobre el representante de Unquillo quién también padeció problemas con el turbo de su máquina. La tercera ubicación en el podio absoluto quedó en manos de Alexis Sangoy/Juan Grión (VW Gol).

Todos los ganadores
A Dávila/Bollati, ganadores de la RC2N lo escoltaron Miguel Patat/Pablo Márquez (Mitsubishi) y los hermanos Carrera que debieron conformarse con el 3er. lugar.
La Maxi Rally premió al monarca 2017 Ariel Nicolás/Matías Giandón (Ford Fiesta MRT), quienes no sumaron puntos por el torneo por correr con una unidad turbo.
La Clase A1 también mostró incertidumbre hasta el final, es que Oscar Briz/Mauricio Obrador (VW Gol), se ilusionaban con el triunfo pero en el sector de cierre de la carrera rompieron una goma que les hizo perder el liderazgo que pasó a ser exclusividad de los debutantes Alexis Sangoy/Juan Grión (VW Gol), dejando al santiagueño con el 2do. puesto, en tanto que Hernán y Marina Del Ré (Renault Sandero), completaron el podio.
El Grupo N1 no mostró sorpresas. El actual monarca, Nicolás De La Vega/Juan De La Vega (VW Gol), comenzaron de la mejor manera el año ganándole la pulseada a Darío Ballari/Pablo Lapenta (VW Gol) y a Franco Drudi/Joel Bustos (Citroën C3).
En la más convocante de las divisiones, la RC5, el triunfo se fue para San Juan ya que Gastón Pasten/Fernando Acosta (Ford Ka), aprovecharon un neumático roto en el último tramo de Adrián Sánchez/Ignacio Uez (Ford Ka), para arrebatarle el triunfo, terminando en el 2do. lugar, dejando en el 3er. puesto a Leonel Banner/Franco Lorenzi (Ford Ka).
La RC5 Light fue para Jorge Céspedes/Gregorio Céspedes (VW Gol), con el puesto de escolta definido para el entrerriano Juan Martínez/Atahualpa Lazo (Ford Ka).
El Grupo N7 le permitió a Manuel Torras/Sebastián Cesana (VW Gol), lograr la victoria en la apertura de la temporada. Lo siguieron al hijo del recordado “Pichirilo”, Jorge Gonella/Silvia Pérez (VW Senda) y Rolando Mayorga/Tomás Mayorga (VW Gol), quiénes fructificaron la exclusión por técnica de Gabriel Avedano/Sergio Bergese (VW Senda), por la relación de compresión. Habías obtenido el lugar de escoltas.
Párrafo aparte para la Córdoba Truck. La nueva categoría de camionetas le permitió al único representante de la novel división lograr un excelente ritmo para alentar la llegada de otras unidades en un corto plazo.
Los UTV, con su acostumbrado espectáculo, establecieron como líder a Diego Pereyra (Can-Am), mientras que Ramiro Giraudo (Can-Am) y Gastón Genovese (Polaris), completaron el sitial de privilegio.
La continuidad del campeonato de Rally Cordobés se escenificará en Villa Dolores del 14 al 15 de abril próximos.

Clasificación general
1) Juan Carlos Alonso/Monasterolo (Mitsubishi)
1h 3m 0s 6/10
2) Pablo Dávila/Bollati (Mitsubishi) a 3m 4s 5/10
3) Alexis Sangoy/Grión (VW Gol) a 6m 7s 6/10
4) Oscar Briz/Obrador (VW Gol) a 6m 11s 5/10
5) Gastón Pasten/Acosta (Ford Ka) a 6m 45s 6/10
6) Adrián Sánchez/Uez (Ford Ka) a 6m 49s 8/10

RC2N
1) Pablo Dávila/Bollati (Mitsubishi) 1h 6m 5s 1/10
2) Miguel Patat/Márquez (Mitsubishi) a 4m 4s 0/10
3) Antonio Carrera/Carrera (Mitsubishi) a 4m 6s 0/10

Maxi Rally
1) Ariel Nicolás/Giandón (Ford Fiesta MR)
1h 15m 31s 8/10

A1
1) Alexis Sangoy/Grión (VW Gol) 1h 9m 8s 2/10
2) Oscar Briz/Obrador (VW Gol) a 3s 9/10
3) Hernán Del Ré/Del Ré (Renault Sandero)
a 42s 9/10

N1
1) Nicolás De La Vega/De La Vega (VW Gol)
1h 12m 11s 0/10
2) Darío Ballari/Lapenta (VW Gol) a 39s 9/10
3) Franco Drudi/Bustos (Citroën C3) a 1m 23s 2/10

RC5
1) Gastón Pasten/Acosta (Ford Ka) 1h 9m 46s 2/10
2) Adrián Sánchez/Uez (Ford Ka) a 4s 2/10
3) Leonel Banner/Lorenzi (Ford Ka) a 1m 58s 3/10

RC5 L
1) Jorge Céspedes/Céspedes (VW Gol) 1h 14m 8s 0/10
2) Juan Martínez/Lazo (Ford Ka) a 22m 45s 7/10

N7
1) Manuel Torras/Cesana (VW Gol) 1h 17m 0s 2/10
2) Gabriel Avedano/Bergese (VW Senda) a 1m 3s 8/10
3) Jorge Gonella/Pérez (VW Senda) a 7m 19s 9/10

Córdoba Truck
1) Eduardo Mutti/Cravero (VW Saveiro) 1h 25m 3s 5/10

UTV
1) Diego Pereyra (Can-Am) 1h 6m 10s 8/10
2) Ramiro Giraudo (Can-Am) a 20s 4/10
3) Gastón Genovese (Polaris) a 6m 20s 2/10

Explosiones en Río Tercero: cada demandante sería indemnizado con $ 140 mil, según el abogado

Finalmente apareció el decreto que reglamenta la ley aprobada en el Congreso en 2015 que dispuso la indemnización a quienes tienen juicios iniciados contra el Estado por las explosiones de la Fábrica Militar Río Tercero, ocurridas hace ya casi 23 años.

Son casi 10 mil los riotercerenses demandantes. Resta ver tras conocerse el decreto cuántos quedan confirmados con "causa vigente". La ley fue imaginada como salida extrajudicial para la megademanda patrocinada por un abogado, Mario Ponce, por daño moral.

DECRETO. Lo que dice el Boletín Oficial

Ponce anticipó que, de acuerdo a la fórmula que estableció la ley, la cifra rondaría entre 140 mil y 150 mil pesos por persona. En el valor neto, a esa cifra se le debería descontar un 20 por ciento, por pago de honorarios, gastos y un aporte a un fondo común ya pactado.

El beneficio se pagará en bonos, que están a un valor similar al peso, y será extensivo a quienes tengan la "causa judicial vigente". Podrá incluir a otros damnificados que han presentado demandas con otros letrados.

En realidad, unos 12 mil riotercerenses iniciaron juicios al Estado por aquella tragedia que dejó siete muertos, unos 300 heridos y millonarios daños materiales. Demandas por daños físicos, muertes y otros se han ido pagando en los últimos años tras obtener sentencia firme.

La ley 27.179 fue sancionada en 2015 y alcanza a 10.119 demandantes por daño moral y los 327 que reclamaron por daños materiales. El monto total a erogar por el Estado rondará los 1.700 millones de pesos, según datos del Ministerio de Defensa de la Nación. Esa cifra no cuenta las otras demandas ya pagadas o a pagarse por vía judicial. A la vez, entre 1996 y 1999 el Estado abonó resarcimientos por vía administrativa. Quienes no quedaron conformes con esos pagos iniciaron juicios.

En Río Tercero. El abogado Mario Ponce y el intendente Alberto Martino, este martes, en la Municipalidad

El detalle

El decreto conocido este martes confirma establece el marco de las condiciones a cumplir para percibir la indemnización.

"Van a cobrar los que tengan la causa vigente y todos a los que el tribunal no les haya decretado la caducidad de la instancia", anticipó Ponce.

De acuerdo a lo que dice el Decreto 309/2018 podrán solicitar la indemnización "quienes hubieren iniciado demanda judicial con anterioridad a su fecha de entrada en vigencia, reclamando los daños y perjuicios ocasionados por los acontecimientos (…) y no hubieren obtenido resarcimiento cuantitativamente equivalente o superior al que por aplicación de esa Ley le correspondería percibir". Además, la norma señala que "la legitimación activa aquí prevista, debe considerarse extensible a sus herederos".

El documento aclara también que no se considerará causa vigente "a todos aquellos procesos judiciales en los que la instancia judicial hubiere sido declarada caduca o perimida por parte de los magistrados intervinientes y esa decisión se encontrare firme y consentida".

"Van a percibir una suma que el propio decreto establece cuál es el modo de cálculo", indicó el abogado.

En el caso del daño moral, es una suma única que establece un cálculo que resulta del salario de un agente de la administración pública, multiplicado por 100 y al que se le resta 94 por ciento. De ahí surge la cifra final estimada en 140 mil pesos, para esas demandas por daño moral.

En el caso de los herederos, deberán "unificar la representación a través de un medio idóneo" a fin de la obtención del certificado judicial en forma indivisa y universal.

El decreto fija que el Ministerio de Defensa llevará adelante los trabajos para determinar el mecanismo para concretar la indemnización.

Semanas atrás se habia puesto en duda que el Estado hiciera efectivo el pago de lo aprobado por ley del Congreso. La Justicia Federal habia exigido el cumplimiento de la norma.

Al mediodía de este martes, Ponce brindó una conferencia de prensa en la Municpalidad de Río Tercero, junto al intendente local Alberto Martino, quien valoró la novedad, destacó el esfuerzo de la Nación en reconocer los pagos en momentos de estrechez financiera nacional y planteó que, además de la respuesta a los demandantes individuales, la ciudad aún aguarda alguna acción estatal de "reparación histórica" global, por caso, respecto de inversiones o de asegurar el futuro productivo de la Fábrica Militar que ocasionó aquella tragedia en noviembre de 1995.

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