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15 de julio de 2020

La Legislatura de Córdoba aprobó una modificación al Código de Convivencia para ampliar la protección de los trabajadores de la salud y la educación

Tiene por objeto evitar ataques y hostigamientos contra las personas que se desempeñan en esas áreas de la realidad social.
La décima sesión virtual del 142° período, presidida por el vicegobernador Manuel Calvo, dejó como resultado modificaciones al Código de Convivencia Ciudadana, en el sentido de ampliar la protección de los trabajadores de la salud y la educación que se desempeñan en los sectores público y privado en el ámbito provincial.

El Código de Convivencia (Ley 10.326) así modificado sanciona a quienes profieran “gritos, insultos, exhiban o hicieren exhibir carteles, imágenes o escritos que tengan contenido discriminatorio o realicen señas o ademanes capaces de turbar, intimidar, menoscabar psicológicamente o inferir agravio a la investidura, condición sexual, buen nombre u honor”, tanto de los médicos o integrantes de los equipos de salud como del personal docente o no docente, sean o no profesionales. El legislador Oscar González, autor del proyecto, explicó que en su anterior versión el Código “contemplaba algunas medidas en contra de las agresiones”, pero que estas “parecían más dirigidas a la función que a la persona”. “Lo que hay que proteger, preservar y castigar son las conductas que van en contra del personal de la salud, en contra de los educadores, sin importar donde ocurren”, señaló. Las penas consisten en días de trabajo comunitario, multas económicas y hasta días de arresto, siempre que las agresiones estén motivadas “en razón del ejercicio de la actividad, profesión, función o cargo” de los trabajadores, ya sea que las agresiones tengan lugar dentro de los establecimientos sanitarios y educativos o fuera de ellos. La modificación sanciona también la instigación a estas agresiones y la reincidencia en las mencionadas conductas.

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