Veda electoral: qué está permitido y qué no antes de las elecciones del domingo 26
Con las elecciones generales programadas para este domingo 26 de octubre, desde el viernes a las 8:00 comenzó a regir la veda electoral, que se extenderá hasta tres horas después del cierre de los comicios.
Durante este período, no se pueden realizar actos de campaña ni proselitismo, difundir encuestas o resultados electorales, publicar propaganda política en medios o redes, ni vender bebidas alcohólicas en las horas previas al cierre de las mesas. También está prohibido portar armas, banderas o insignias partidarias cerca de los centros de votación.
Por otro lado, los ciudadanos pueden acudir a votar con normalidad, y los medios pueden informar sobre la elección de manera objetiva, sin intentar influir en la decisión del elector.
Se recomienda a los votantes consultar el padrón electoral, confirmar su lugar de votación y concurrir con DNI habilitado, para garantizar una jornada de votación ordenada y segura.