Prorrogaron la baja de retenciones para el trigo y la cebada
El ministro de Economía, Luis Caputo, había adelantado que la cosecha fina mantendrá hasta marzo de 2026 las alícuotas reducidas que tenía desde fines de enero
>Este viernes, a través de la publicación del
Decreto 439/2025,
Esta medida se tomó a pocos dÃas del vencimiento, establecido en el Decreto 38/2025 para el 30 de junio, que habÃa fijado una rebaja temporal de los derechos de exportación (DEX) para varios productos del sector agropecuario.El nuevo decreto, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de EconomÃa, Luis Caputo, prorroga hasta el 31 de marzo de 2026 las alÃcuotas del 9,5% para el trigo y la cebada.Esta medida busca dar continuidad a un esquema impositivo que, según los considerandos oficiales, pretende “seguir garantizando la eficacia en su exportaciónâ€. El decreto entrará en vigor el 1 de julio y establece un nuevo marco para los principales cultivos de exportación del paÃs. El maÃz tributará el 4,5%.En contraste con la continuidad de las retenciones reducidas para el trigo y la cebada, la soja verá incrementada su tasa del 26% al 33%. El girasol, por su parte, volverá a una alÃcuota del 7% tras haber tenido una tasa del 5,5% durante el perÃodo de vigencia del decreto anterior. La harina de trigo tendrá retención del 5,5%, lo que representa una excepción dentro del nuevo esquema.Para acceder a la alÃcuota menor del 9,5%, los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas en un plazo de hasta 30 dÃas hábiles desde la realización de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) correspondiente. Este requisito puede cumplirse mediante cobros de exportaciones, anticipos de liquidación o supuestos de prefinanciación y postfinanciación externa. Este nuevo plazo de 30 dÃas hábiles representa una mejora respecto de los 15 dÃas hábiles que regÃan bajo el decreto de enero pasado, una modificación que responde a las observaciones de los exportadores, quienes habÃan señalado que el plazo anterior complicaba el esquema financiero de las empresas del sector.
La normativa establece que quienes no cumplan con el plazo definido por el Gobierno nacional deberán abonar la alÃcuota más alta, es decir, el 12%. Esta penalización busca incentivar el cumplimiento de los plazos de liquidación de divisas y asegurar el ingreso de dólares al paÃs en un contexto de restricciones cambiarias y necesidad de divisas para sostener la economÃa.La prórroga de la alÃcuota para el trigo y la cebada habÃa sido anticipada en mayo por el ministro de EconomÃa, Luis Caputo, aunque restaba su publicación en el BoletÃn Oficial para adquirir vigencia legal.
El fundamento de esta decisión, según el texto oficial, es “seguir garantizando la eficacia en su exportación†y “promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, asà como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o las especies animales o vegetalesâ€. El decreto también menciona la necesidad de “adoptar medidas complementarias que permitan adecuar la normativa vigente, con el fin de garantizar su correcta aplicación y asegurar la continuidad del flujo de exportación de los productos involucradosâ€.
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