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16 de octubre de 2019

EL BLOQUE DEL FRENTE TODOS PRESENTÓ UN PROYECTO DE ORDENANZA PARA LA OFICIALIZACION DE LA BANDERA CAPITAL NACIONAL DEL DEPORTISTA

El bloque Frente Todos por Río Tercero presentó esta mañana, el siguiente proyecto.

Y VISTO:

La Ley Nacional Nº 27378 que Declara Capital Nacional del Deportista a la ciudad de Río Tercero, incluyendo a la misma en el calendario turístico nacional.

Y CONSIDERANDO:

Que el artista y ex deportista Walter Miguel TORRES diseñó la Bandera de la Capital Nacional del Deportista, la cual se ha utilizado y exhibido en innumerables competencias, locales, nacionales e internacionales identificando así al deportista y nuestra ciudad, destacando en cada gesta deportiva nuestro gen dominante de los ríotercerenses del pasado, su presente y proyección a futuro.

Que la Bandera ya es un símbolo de identidad, arraigado y le pertenece al colectivo de deportistas en sus más variadas actividades.

Que Omar Eduardo PISANI, ex docente de educación física, y ex funcionario del deporte de nuestra ciudad, fue promotor del anteproyecto para declarar a nuestra ciudad como capital nacional del deportista, y de manera voluntaria y espontánea se ha dado cita en innumerables eventos deportivos exhibiendo la misma, como un abanderado natural de ella.

Que a partir de esta sanción, la Bandera será de uso público y oficial en cada actividad deportiva evitando que se desnaturalicen colores o formato de la original.


Atento a ello EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RÍO TERCERO, SANCIONA CON FUERZA DE: O R D E N A N Z A Art.1º)- INSTITÚYASE como Bandera Oficial de la Capital Nacional del Deportista (Ley 27378), la Bandera cuyo modelo se incorpora como Anexo I de la presente Ordenanza. Art.2º)- La Bandera Oficial de la Capital Nacional del Deportista (Ley 27378) es a partir de la sanción de la presente, de uso público y oficial en todas las competencias y/o participaciones de deportistas de nuestra ciudad. Art.3º)- La confección de la Bandera Oficial de la Capital Nacional del Deportista (Ley 27378) deberá respetar las formas, proporciones y elementos que se detallan: a) Descripción de la Bandera: Sobre un fondo azul se destacan tres elementos que hacen a la identidad de la ciudad y al deportista. Por un lado, en la parte inferior se ubica una franja verde que representa el deporte y nuestro río, y cinco estrellas que representan los ríos de la provincia del cual el nuestro es el tercero. En la parte central y a la izquierda la Media Luna blanca, en alusión al curso que toma nuestro río en su recorrido, que demuestra simbólicamente la realidad geográfica de la ciudad y que es el elemento característico de nuestro pueblo, en forma de “C”, en alusión a la declaración de CAPITAL, rodeando al hombre, el deportista con brazo en alto de triunfo, en color rojo fusionado con naranja, símbolo de fuego, fortaleza, energía, determinación, así como la pasión y al deseo a lo más alto; y a modo de complemento de la media luna, una bandera desplegada en forma de “D” que en su parte superior muestra el color verde que se representa el deporte de nuestra ciudad fusionada en su parte inferior con los colores de la bandera argentina, que representan la declaración nacional. Los tres símbolos forman un huevo, símbolo del inicio de la vida b) Forma de la Bandera y sus proporciones: Como forma se ha adoptado la de un rectángulo. Sus proporciones son de 2:3. y sus medidas es de 60 x 90 cms c) Colores: El paño de la bandera se confeccionará en color azul desde la parte inferior y llega en degrade a la parte superior en color traful. Los elementos: (media luna) en color blanco, (deportista) en color rojo. Los elementos del reverso de la bandera deberán ser idénticos a los del anverso, y mantendrán la misma disposición y orientación respecto del asta, haciendo el efecto de transparencia. Art.4º)- RECONÓZCASE como AUTOR de la Bandera de la Capital Nacional del Deportista (Ley 27378) al Sr. Walter Miguel TORRES, D.N.I. Nº 17.008.976, domiciliado en esta ciudad. Art.5º)- RECONOCER como ABANDERADO “Ad honorem” de la Capital Nacional del Deportista (Ley 27378), al Sr. Omar Eduardo PISANI, DNI 6.601.769, domiciliado en esta ciudad. Art.6º)- De forma.

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