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1 de julio de 2024

El gobierno oficializó el bono a jubilados de 70 mil pesos en julio

Este lunes, a través de una publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó este lunes que en julio volverá a pagar un bono de hasta 70 mil pesos a jubilados y pensionados.

La medida había sido puesta en duda el viernes por la mañana en una entrevista televisiva por el presidente, Javier Milei, quien aseguró que el pago dependía de los números fiscales. De todos modos, desde Economía indicaron que se abonaría sin cambios.

Cómo quedan las jubilaciones en julio con el aumento

En julio, las jubilaciones y pensiones aumentan 4,2%, de acuerdo con el índice de inflación de mayo que informó el Indec. Pero el incremento efectivo final será más bajo (entre 2,83% y 3,14%) para los haberes mínimos porque seguirán cobrando el bono de 70 mil pesos sin ninguna actualización.

Lee los comentarios  En el documento oficial publicado este lunes, se detalló que quienes percibirán el bono serán “las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses”, “las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor” y “las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables”, cuyo pago se encuentra a cargo de aquel organismo. El artículo 3° del documento, aclara que recibirán 70 mil pesos en julio “los titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado, establecido por el artículo 125 de la Ley N° 24.241″. En tanto, el artículo 4°, establece que “para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono”. Más adelante, el artículo 7° indica que el bono “tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.

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