FRANCO GARBARINO: EL PRESIDENTE NO PUEDE DICTAR LEYES SI EL CONGRESO PUEDE LEGISLAR
El vice presidente del Directorio del Colegio de Abogados de nuestra ciudad y especialista en Derecho Constitucional dialogó con Estación Urbana y manifestó los DNU son medidas excepcionales, y que "el presidente no puede dictar leyes, sólo cuando hay emergencia o no puede legislar el Congreso".
Garbarino además señaló que "lo de ayer fue algo nunca visto, un bloque de normativas de distintos temas, de 83 páginas, y la gran discusión será sobre su constitucionalidad y sobre si existe o no una emergencia para evitar el Congreso". También explicó que el DNU está en vigencia y que el Ejecutivo tiene diez días para elevarlo a la Comisión Bicameral, y en caso de que ésta lo rechace todo lo actuado hasta tanto se rechace no tendrá valide y terminará siendo judicializado.
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