Jueves 28 de Marzo de 2024

Hoy es Jueves 28 de Marzo de 2024 y son las 10:34 - FACEBOOK: Estacionurbana Radiourbana - TWITTER: @fmradiourbana - INSTAGRAM: urbanario3 WHATSAPP: 3571569969

30 de abril de 2020

Monotributistas y autónomos: cómo tramitar el crédito a tasa cero

La AFIP publicó en el Boletín Oficial la reglamentación a seguir para acceder a la línea de créditos.
El Gobierno lanzó una línea de créditos a tasa cero para beneficiar a monotributistas de todas las categorías y trabajadores autónomos. Para comenzar su implementación, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detalló los pasos que se deberán cumplir para acceder al mismo.

La medida recién fue publicada este jueves a través del Boletín Oficial, en la Resolución General 4707/2020. El organismo conducido por Mercedes Marcó del Pont informó que los beneficiarios deberán tramitarlo a través de la página web de la AFIP, con clave fiscal, y que recién podrán ingresar al servicio denominado “Crédito Tasa Cero” desde el próximo lunes, hasta el 29 de mayo. 1- Ingresar al sitio de la AFIP con Clave Fiscal. 2- Hacer click en la solapa “Crédito Tasa Cero”.  3- Informar el monto total pretendido. El sistema le indicará el mínimo y máximo del crédito al que podrá acceder de acuerdo a su categoría. 4- Indicar el número de su tarjeta de crédito donde se acreditarán los tres tramos mensuales del préstamo. Si no posee una deberá informar cuál es la entidad bancaria elegida para tramitar el crédito. Al finalizar la carga de la información requerida, los datos serán remitidos al Banco Central para su verificación. Si ese procedimiento determina que la solicitud no puede avanzar, el sistema indicará al monotributista o autónomo los motivos por los cuales se deniega el crédito Para solicitar el crédito las personas necesitan una Clave Fiscal (nivel de seguridad 2) y haber registrado el domicilio fiscal electrónico -correo y teléfono establecidos como canal de contacto- en la web de la AFIP. Las entidades bancarias sumarán a cada uno de los tramos desembolsados, el monto equivalente a la obligación mensual, y destinarán esos recursos directamente al pago del vencimiento. Quienes estén adheridos al débito automático deberán solicitar un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad.

COMPARTIR:

Comentarios

', {'name':'b'}); ga('b.send', 'pageview');